En anteriores artículos de nuestro Blog, ya os hemos explicado las diferentes causas de extinción de los contratos de trabajo (Ver Parte 1) y los tipos de despidos que existen (Ver Parte 2). En este artículo procedemos a resumiros las diferentes indemnizaciones.
Las indemnizaciones se calculan de la siguiente manera:
Indemnización = nº de días (dependiendo del tipo de extinción/despido) x salario diario x años trabajados
Pues bien, las indemnizaciones que corresponden al trabajador según la causa de extinción del contrato de trabajo, son las siguientes. Así mismo, se especifica caso por caso si la extinción da lugar a cobrar la prestación por desempleo:

En cambio, con la extinción del contrato temporal por circunstancias de la producción, el empresario deberá abonar al trabajador una indemnización de 12 días/año de servicio.
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Esteban Ares García. Socio Abogado de AG Legal Abogados (Noia, A Coruña).