Custodia y visitas a menores durante el Estado de Alarma

Publicado: 26 de marzo de 2020, 13:24
  1. Divorcios y separaciones
Custodia y visitas a menores durante el Estado de Alarma

Una de las dudas más recurrentes estos días, en supuestos de divorcio, es el régimen de custodia y el derecho de visitas a los menores. Antes que nada, os adelantamos que estamos ante una situación excepcional y, por tanto, no existe una solución única.

El Decreto de Estado de Alarma no suspende el régimen de visitas ni la custodia compartida, pues su art. 7 permite el desplazamiento para la asistencia y cuidado de menores. Así lo reproduce el literal de la citada norma:

   “Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.

   1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

   e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.”

A pesar de esto, siempre es deseable que los progenitores se pongan de acuerdo y no expongan al menor a riesgos innecesarios. Siempre sería una buena opción explorar la vía de alargar las estancias en estas semanas y, cuando finalice el Estado de Alarma, compensar al otro progenitor con más días de visitas. Así se lograría minimizar los traslados de los niños y el riesgo que ello supone.

Si no existe dicho acuerdo, o no es posible porque alguno de los progenitores se niega, deberá mantenerse el régimen establecido en la resolución judicial. El Estado de Alarma no suspende ninguna sentencia ni resolución al respecto, por lo que siguen siendo de obligado cumplimiento.

En caso de conflicto grave o decisiones tomadas unilateralmente, se puede poner la situación en conocimiento del juez de familia competente para que decida sobre la vigencia o modificación de las visitas y traslados del menor.

El mejor consejo que os podemos dar, y que los niños os agradecerán, es aplicar el sentido común. Para cualquier duda, no dudéis en contactarnos.

Esteban Ares García. Socio Abogado de AG Legal Abogados (Noia, A Coruña).

Noticias relacionadas

¿Cómo puedo divorciarme de forma amistosa y con un acuerdo justo? 29 may

¿Cómo puedo divorciarme de forma amistosa y con un acuerdo justo?

Esteban y Gloria, abogados de AG Legal, preparando una consulta     Tabla de contenidos ¿Y si firmar un divorcio de mutuo acuerdo es más serio de lo que pensaba? ¿Qué pasos tengo que seguir si queremos separarnos sin peleas ni errores? ¿De verdad puedo evitar ir a juicio si lo hacemos de
¿Qué debo saber si me voy a divorciar? 17 oct

¿Qué debo saber si me voy a divorciar?

El divorcio es una decisión difícil que implica una serie de trámites legales, que se junta con aspectos emocionales. Antes de iniciar este proceso, es importante tener en cuenta algunas cuestiones que pueden facilitarlo y evitar conflictos innecesarios. En este artículo, los expertos de AG Legal
En caso de divorcio, ¿la indemnización por despido es un bien ganancial? 14 mar

En caso de divorcio, ¿la indemnización por despido es un bien ganancial?

Si se produce un divorcio y el régimen económico es el de la sociedad de gananciales, surgen dudas en relación a qué bienes la integran y, concretamente, si la indemnización por despido debe incluirse en dicho reparto.  En AG Legal Abogados, tus abogados de confianza en Noia, queremos
¿Tiene que intervenir mi hijo en un juicio de divorcio? 23 feb

¿Tiene que intervenir mi hijo en un juicio de divorcio?

Esta es una pregunta frecuente que nos hacen los clientes de AG Legal Abogados, padres y madres que quieren saber si sus hijos tienen que acudir el día del juicio de divorcio. El menor, de acuerdo con su edad y capacidad natural y, en todo caso, cuando haya cumplido 12 años, tiene derecho a ser